Punto de Encuentro Familiar

¿Qué es un PEF?

El Punto de Encuentro Familiar es un recurso social especializado para la intervención en aquellas situaciones de conflictividad familiar en las que la relación de los menores con algún progenitor  o miembro de su familia se encuentra interrumpido o es de difícil desarrollo.

El servicio consiste en la ejecución de resoluciones judiciales sobre el régimen de visitas de los menores con sus progenitores o familiares, con asesoramiento y orientación a los mismos.

Se trata de una intervención  de carácter temporal, desarrollada por profesionales capacitados, en un lugar neutral. Su objetivo principal es la  normalización de la situación conflictiva respecto al régimen de visitas.

Para ello será necesario que se siga en todas  las circunstancias, las indicaciones que establezca la autoridad judicial o administrativa competente y se  garantice el interés y la seguridad de los menores y de los miembros de la familia en conflicto. Todo ello se desarrollará en un clima de respeto y confidencialidad.

¿Cuáles son los objetivos fundamentales del PEF?

Mantener relación

Favorecer el cumplimiento del derecho fundamental del menor a mantener la relación con ambos progenitores y/o familiares después de la separación, estableciendo los vínculos necesarios para su buen desarrollo psíquico, afectivo y emocional.

Evitar conflictos

Prevenir las situaciones de violencia en los regímenes de visitas conflictivos.

Orientar

Orientar y apoyar a los padres, madres y familiares para que consigan la autonomía necesaria en el ejercicio de la coparentalidad sin depender del Servicio, prestando los servicios asistenciales adecuados para este objetivo.


 ¿Qué personas pueden beneficiarse del PEF?

Las personas usuarias de un Punto de Encuentro Familiar serán las que determine la autoridad judicial o administrativa competente. Normalmente estas personas son las que se encuentran en las circunstancias siguientes:

  • Menores cuyos familiares con derecho de visitas poseen alguna característica o circunstancia personal de riesgo para el menor que aconseja la supervisión de los encuentros.
  • Menores que no conviven habitualmente con el progenitor o familiar con derecho a visitas, siempre que éste, por circunstancias personales, de  residencia u otras, carezca del entorno adecuado para llevar a cabo las visitas.
  • Familias en las que los menores muestren una disposición negativa a relacionarse con el familiar que realiza las visitas o un fuerte rechazo hacia  éste, de modo que resulte imposible mantener encuentros normalizados.
  • Menores que residen con un progenitor o familiar que se opone a la entrega de los mismos o no favorece los encuentros con el otro progenitor u otro familiar.
  • Familias en las que, dada la situación de conflictividad entre sus miembros, los menores se encuentran inmersos en situaciones de violencia cuando se pretende llevar a cabo las visitas.
  • Familias  que, por haber vivido en su seno algún tipo de situación violenta hacia ellos, precisen un lugar neutral que pueda garantizar la seguridad de los menores o la de sus familiares durante el cumplimiento del régimen de visitas.

¿Qué profesionales intervienen?

La atención a las personas usuarias del PEF, la realiza un equipo técnico de profesionales de diferentes disciplinas con el fin de atender de manera integral y coordinada, las necesidades de las personas: Psicólogos, Abogados, Educadores Sociales y Trabajadores Sociales.

¿Qué servicios se prestan en el PEF?


Apoyo en el cumplimiento del régimen de visita

La intervención de los profesionales se realiza en los momentos en los que los familiares acuden al servicio para entregar o recoger al menor en el desarrollo del régimen de visitas establecido.

La comunicación del menor con su progenitor o familiar se desarrolla íntegramente dentro de las dependencias del PEF, bajo la supervisión de algún miembro del equipo técnico

La comunicación del menor con su progenitor o familiar se desarrolla íntegramente dentro de las dependencias del PEF, sin que sea necesaria la presencia constante de algún miembro del equipo técnico.

El equipo técnico podrá acompañar al menor durante el desarrollo de la visita fuera de las dependencias del centro. Este tipo de intervención es concebida como una situación excepcional.

 

Intervenciones de carácter psicosocial individual y familiar

El equipo técnico desarrolla  intervenciones de carácter psicosocial con el fin de eliminar los obstáculos y las actitudes negativas que impiden el logro de los objetivos acordados por las partes.

Intervenciones en negociación y mediación

En aquellas situaciones que se considera adecuadas para tal fin, se propone a las partes interesadas el desarrollo de acciones de negociación y mediación.

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